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COCEMFE insta al cumplimiento de las nuevas normas europeas para autobuses

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COCEMFE insta al cumplimiento de las nuevas normas europeas para autobuses

Hoy entra en vigor el Reglamento Europeo (Nº 181/2011) sobre los derechos de los viajeros en autocar y autobús por carretera, COCEMFE (Confederación Española de Personas con Discapacidad Física y Orgánica) insta al Ministerio de Fomento y las empresas prestadoras de servicios a su cumplimiento.

Este nuevo reglamento europeo incluye una serie de medidas destinadas a salvaguardar los derechos del colectivo de las personas con discapacidad y movilidad reducida, con mejoras sobre todo para trayectos cuya distancia sea igual o superior a 250 kilómetros. Tanto para distancias superiores como inferiores a 250 kilómetros, no se podrá denegar una reserva, billete o embarque por motivo de discapacidad o movilidad reducida. Además, tanto las reservas como los billetes se emitirán sin coste adicional alguno.

Los transportistas y los gestores de las estaciones serán los responsables de las pérdidas de sillas de ruedas, otros equipos de ayuda a la movilidad o dispositivos de asistencia y de los daños causados en ellos, siendo la indemnización igual al coste de sustitución o reparación de los mismos. Asimismo, el personal con trato directo con los viajeros recibirá formación específica sobre la problemática de la discapacidad, el trato adecuado que debe proporcionar a las personas según su tipo de discapacidad y la manipulación cuidadosa de los productos de apoyo y movilidad.

En los trayectos superiores a 250 kilómetros el reglamento además obliga a la prestación de asistencia gratuita a las personas con discapacidad y a las personas con movilidad reducida en las estaciones que determine el Ministerio de Fomento, así como en todos los autobuses y autocares. De este modo deberán estar asegurados los desplazamientos necesarios para facturar, permanecer en la sala de espera y embarcar; los apoyos requeridos para subir, tomar asiento y apearse del vehículo; y la asistencia para cargar y recuperar el equipaje.

COCEMFE recuerda que quedan dos años para que finalice el plazo para que se cumplan en su totalidad las condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación en las estaciones de autobuses e intercambiadores con un tráfico superior a un millón de viajeros anuales y en las estaciones de las capitales de provincia.

Entre las mejoras para el colectivo, incluidas en el Real Decreto 1544/2007, se encuentra la obligación de disponer de plazas reservadas en las estaciones con aparcamientos públicos, itinerarios exteriores e interiores accesibles, y mostradores, máquinas expendedoras, entradas y aseos accesibles.

Vía: COCEMFE

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