Vivienda de protección oficial HPO
¿Cómo beneficiarse del bono social de energía?
Cristina, trabajadora social de Amputados San Jorge, nos explica cómo se puede solicitar una Vivienda de Protección Oficial (HPO), qué pasos se tienen que seguir y como podemos hacer los trámites. También nos habla de las ayudas o subvenciones que se pueden pedir para la rehabilitación de viviendas por motivos de accesibilidad.
El concepto de discapacidad se ha ido dirigiendo históricamente a la cura y no al individuo integral, ahora la perspectiva va cambiante, el entorno, la familia, la sociedad forman parte de la totalidad de la persona y se tiene que tener todo en cuenta.
La sociedad es cíclica, se transforma continuamente, y tiene que dar lugar a todas las personas. En referencia a la vivienda, se tiene que garantizar que se tenga derecho a una vivienda adaptada, digno y con una accesibilidad universal para cubrir las necesidades. Actualmente, por ley se reserva un 3% de los pisos adaptados protegidos para personas con movilidad reducida, para facilitar la autonomía de las personas con discapacidad.
¿Qué se tiene que hacer para acceder a una vivienda de protección oficial?
¿Qué se tiene que hacer para acceder a una vivienda de protección oficial? El primer paso es inscribirse al Registro de solicitantes de vivienda con carácter de protección oficial. ¿Cómo nos inscribimos? Hay diferentes opciones:
- De manera telemática: a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Barcelona. Hay que dirigirse a la página que encontraréis en este enlace: http://seuelectronica.ajuntament.barcelona.cat/APPS/ofhreghabitatge/solicitudes/Main.do y clicar a “Nueva solicitud de inscripción”.
Para ampliar la información encontramos la herramienta “Vivienda te truca”, que sirve para solicitar una cita telefónica en la cual podremos recibir información general o efectuar trámites como:
- Solicitud de vivienda de bolsa de alquiler
- Solicitud de inclusión de vivienda
- Entrega de documentación de bolsa de alquiler
- Información sobre el estado del expediente presentado
- Ayudas de alquiler
- Rehabilitación
- Entre otros.
El enlace de Vivienda es este: https://seuelectronica.ajuntament.barcelona.cat/oficinavirtual/ca/tramit/20200001396
También podemos llamar al 010, el teléfono de información y tramitación (el 931.537.010 para llamar desde fuera del área metropolitana de Barcelona).
- De forma presencial: a las Oficinas de Vivienda que forman parte de la Generalitat de Cataluña y del Ayuntamiento de Barcelona o el municipio que corresponda. Generalmente, tienen un horario de 8:30 a 14:30 horas y la tarde de los jueves hay una a cada distrito de Barcelona. Atienen únicamente con cita previa y en aquellos casos que los trámites no se puedan hacer de forma telemática (se recomienda consultar el horario previamente).
¿Cuáles son los requisitos de inscripción?
- Ser mayor de edad o menor legalmente emancipado
- La persona que lo solicite tiene que estar emancipado en Barcelona (o en el municipio que corresponda)
- No tener vivienda en propiedad (ningún miembro de la unidad de convivencia)
- No superar el límite de ingresos máximos.
- No encontrarse en circunstancias de exclusión (haber renunciado a una vivienda de protección oficial, ser adjudicatario de una vivienda de protección oficial en régimen de compra, entre otros)
- No estar incapacitado para obligaciones contractuales.
Una vez nos hemos inscrito, tenemos que acceder en el Parque Público de vivienda, un organismo que tiene como objetivo garantizar el acceso a una vivienda social de calidad a un precio asequible. Se tiene que pedir cita previa a través de la herramienta “Vivienda te truca”: https://seuelectronica.ajuntament.barcelona.cat/oficinavirtual/es/tramit/20200001396
Cuando llegue el momento de la adjudicación de la vivienda tendremos que tener a mano la documentación requerida:
- DNI
- Declaración de la renta del año anterior
- Ingresos mensuales
- Tarjeta acreditativa discapacidad (por vivienda accesible)
- Inscripción al registro de solicitantes vigente (hay que revisarlo, puesto que tiene fecha de caducidad)
Dependiendo del caso o situación de la persona, pueden pedir más documentación.
Más allá de la solicitud de HPO, es interesante tener en cuenta que existen ayudas en la rehabilitación de interior de viviendas.
Las subvenciones por parte de los organismos públicos se tienen que ir revisando periódicamente, puesto que tienen un periodo de solicitud que se va abriendo cada cierto tiempo. Para estar en el día, podemos ir trucando en el ayuntamiento que corresponda, al 012 o al consorcio de la vivienda.
Estos tipos de ayudas tienen la finalidad de facilitar las actividades de la vida diaria al hogar. Entre las mejoras subvencionables se encuentran el arreglo de baños, cocinas y otros dedicados a mejorar la movilidad y la seguridad, así como actuaciones complementarias de mejora energética de los domicilios para evitar la pobreza energética.
También hay otras líneas de ayudas promovidas por entidades, como por ejemplo las convocatorias de la Fundación Mutua de Propietarios – Vivienda sin barreras.
Hay que recordar que existe la Prestación de atención social a personas con discapacidad (PUA), que consta de un catálogo con productos y actuaciones destinadas a la promoción de la autonomía personal de las personas con discapacidad física, psíquica o sensorial para mejorar su calidad de vida.
El organismo responsable es el Departamento de Derechos Sociales y la Dirección General de la Autonomía Personal y la Discapacidad.